Tras gestiones realizadas por el ministro De Los Ríos diplomados del CIICAP recibirán certificaciones

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En la jornada de este viernes, el Ministerio de Educación informó que tras gestiones efectuadas por el ministro Felipe De Los Ríos ante autoridades de la Dirección Nacional de Gestión Universitaria del Ministerio de Educación de la Nación, recibirán las certificaciones los docentes de las diplomaturas cohorte 2019- 2020 cursadas en el instituto de gestión privada CIICAP por convenio con la universidad de Congreso.

Cabe recordar que esta situación es ajena al Ministerio, estas diplomaturas no contaban con el aval, por lo que no están dentro del ámbito de su competencia. Pero sensible al grave perjuicio que origina a los educadores que con gran esfuerzo pagaron su profesionalización, el titular de la cartera educativa, Felipe De Los Ríos, realizó arduas gestiones ante las autoridades nacionales competentes acordando que para resolver el problema planteado, la Universidad de Congreso realizará y completará ante la Dirección Nacional de Gestión Universitaria, los trámites y procedimientos correspondientes para la certificación y validez de las diplomaturas cursadas por los docentes de las cohortes 2019 – 2020.

Esta resolución se notificó, entregándoles una copia a las profesoras Graciela Cabrera, María Lorena Quiroga y María Eugenia Ortega, quienes representan al grupo de docentes afectados del CIICAP.

Para tener en cuenta

El instituto CIICAP depende de la Dirección de Educación Privada y tiene dos funciones: capacitación e investigación, además de un convenio con la Universidad de Congreso.

Las diplomaturas mencionadas y cuestionadas, ofrecidas por la institución CIICAP en el periodo en cuestión (2019-2020), no poseen el aval del Ministerio de Educación, procedimiento que se contempla en la Resolución N° 187-ME-2019, del Ministerio de Educación y Resolución N° 2161-ME-2020, y que realiza a través de la Subsecretaría de Planeamiento Educativo del Ministerio de Educación.

Las ofertas de la institución CIICAP tienen el aval de la Universidad de Congreso, con quien poseen un Convenio Marco de Cooperación.

Ante el análisis e intervención realizado por Asesoría Letrada del Ministerio de Educación, se determina que “conforme constancias de autos y normativa vigente resulta claro que es exclusiva responsabilidad de quienes efectuaron la oferta educativa entregar a los docentes que cursaron esas diplomaturas una certificación de las mismas con todos los requisitos previstos en la normativa vigente”(…)”…con lo que queda demostrado el Ministerio de Educación no tiene injerencia en la tramitación de tales certificaciones”.

Procedimientos que deben cumplir las instituciones de capacitación

Para evitar en futuro situaciones similares, el Ministerio de Educación pone en conocimiento de los educadores el procedimiento que deben cumplir las instituciones habilitadas para dictar diplomaturas o actualizaciones.

  • Por Ley Nacional de Educación N° 26.206 y de Educación Superior N° 24.521, los Institutos Superiores de Formación Docente de gestión estatal y privada son los únicos habilitados para el dictado de diplomaturas, actualizaciones académicas, entre otros.
  • Los Institutos Superiores de gestión estatal o privada deben estar registrados en el Registro Federal de Instituciones y Ofertas de Formación Docente (REFFOD), que lleva actualizada la nomina de los institutos, y que además homologa y valida los títulos y certificaciones.
  • Las instituciones universitarias cuando emiten certificaciones, de acuerdo con las normativas vigentes en el país y la jurisdicción, deben ser enviadas a la Dirección Nacional de Gestión Universitaria. Corresponde allí su presentación conforme al procedimiento fijado por la Dirección Nacional de Gestión Universitaria dependiente de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación, para su verificación y autenticidad en cada documento en cuestión, según Res. N° IF-2017-01882783-APN-DVNTYE#ME.
  • Todas las propuestas de capacitación y/o perfeccionamiento docente que se realicen en la provincia de San Juan deben ser tramitadas en la Subsecretaría de Planeamiento Educativo del Ministerio de Educación para la resolución de aval ministerial correspondiente, rigiéndose por las normativas vigentes, a saber: Resolución N° 187-ME-2019, y Resolución N° 2161-ME-2020. Las propuestas se deben presentar con 30 días de anticipación de la fecha de realización de la oferta, iniciando el expediente por mesa de entrada, del Ministerio de Educación.

Todo estos requisitos y procedimientos deben cumplirse para que las Juntas de Clasificación Docente, (entidades de aplicación de normativas), puedan valorar las certificaciones correspondientes, de acuerdo al valorador vigente.


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