Oscar Nasisi: “La sentencia de la Cámara es un aval a lo que había actuado el Consejo Superior”

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Luego de que la Cámara Federal de Mendoza se expresara a favor de levantar la suspensión de las elecciones en la UNSJ, esta casa de altos estudios realizó una conferencia de prensa en su Edificio Central de calles Mitre y Jujuy. En esa oportunidad, el rector Oscar Nasisi expresó: “Estamos muy contentos, muy satisfechos con la resolución o sentencia de la Cámara porque es un aval a lo que había actuado el Consejo Superior en ese momento y la manera en que nosotros lo habíamos percibido, pensado e ideado y, de esta manera, nos dice que estábamos en el camino correcto”.

“Esta tarde hay una sesión del Consejo Superior para modificar las fechas del calendario electoral y reiniciar el proceso electoral tal y como estaba previsto, de tal manera de que se puedan elegir las nuevas autoridades y éstas asumir en el menor tiempo posible la nueva conducción de la Universidad”, señaló el Rector, quien además agradeció al cuerpo de abogados y abogadas de esta Universidad, por quienes tuvo lugar la respuesta de la UNSJ hacia la Cámara Federal de Mendoza.

El director del Departamento de Ciencias Jurídicas de la Facultad de Ciencias Sociales de la UNSJ, Luis Conrado Suárez Jofré, explicó en la misma conferencia que la Cámara “se ha pronunciado sobre el fondo de la cuestión y ha rechazado el recurso directo interpuesto por la profesora Morvillo; sin perjuicio de otros argumentos que miembros del equipo de abogados puedan llegar a desarrollar, creo que hay una adhesión por parte de la Cámara a una lectura dinámica, no pétrea, de la Ley Nacional de Educación Superior. La Cámara entiende que no basta la letra de la ley sino el espíritu y esa interpretación dinámica va cargándose de los hechos y acuerdos políticos democráticos, y fundamentalmente la carga que tiene el Convenio Colectivo de Trabajo y la actuación de las paritarias en orden a la ampliación de derechos y a la participación de los docentes regulares en los procesos destinados a proveer al autogobierno de la universidad argentina, de todas las universidades”.

Suárez Jofré también indicó que hay una expresión específica en el fallo de la Cámara “en relación a la relevancia del Ministerio de Educación en orden a la modificación realizada por la UNSJ en su Estatuto, esto es importante destacar porque la profesora Mónica Morvillo había planteado que el Ministerio de Educación no había podido realizar un contralor; bueno, eso ha despejado totalmente las dudas y va por el ejercicio completo de los derechos de los docentes regularizados”.

A su tiempo, el abogado de la UNSJ Federico Sanna resaltó que en la respuesta de esta Universidad a la Cámara (efectuada el lunes pasado), los letrados expresaron que “la interpretación de la señora Morvillo podía llevar al absurdo de que un docente regularizado conforme al Artículo 73 del Convenio Colectivo de Trabajo no adquiriese en toda su carrera plenitud en los derechos políticos y, de acuerdo a esa interpretación, debería renunciar a su cargo, es decir que no sólo debía perder estabilidad, sino que perdiese el vínculo laboral con la universidad y recién ahí el cargo se podría concursar. Ahí la Cámara ha sido contundente al decir que no se podría llegar a esa situación. La Ley de Educación Superior es de 1995 y es posterior a la Reforma Constitucional de 1994, por ende, incluso una interpretación originalista de esa Ley de Educación nunca pudo dejar de tener en cuenta los instrumentos de derechos humanos jerarquizados por la Constituyente de 1994”.


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