Convocan a cubrir cargo de director/a del CENS «Jorge Humberto Yacante»

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Llamado Especial, convoca a los docentes titulares de los establecimientos a 50 Km. de acuerdo a lo establecido en la Ley 14473, Art. 116 y Decreto Reglamentario 0648-ME-1993, a la inscripción del llamado Especial para cubrir el cargo de: DIRECTOR/A de 3° Categoría – Interino – Turno Noche – Radio 4 del C.E.N.S. “JORGE HUMBERTO YACANTE”, según Disposición N° 050/2020, Rectificatoria de Disposición N° 042/2020.

Cronograma: Inscripción para la valoración personalizada de antecedentes y méritos los días: 05 y 06 de Octubre de 2020 desde las 09:00 hasta las 12:00 hs., en sede de Junta de Clasificación Docente Rama Media y Superior.

Emisión de listado provisorio: 13 y 14 de Octubre de 2020. Notificación del Puntaje: 19 y 20 de Octubre de 2020, de 09:00 a 12:00 hs

Revocatoria (Apelación de puntaje): 26 y 27 de Octubre de 2020, de 09:00 a 12:00 hs.

Resolución de Apelación: 02 y 03 de Noviembre de 2020, de 09:00 a 12:00 hs.

Listado Definitivo: 09 y 10 de Noviembre de 2020.

Requisitos: – Poseer Título Docente, según Art. 13, Inc. C y Art. 103 de la Ley 14473.

Presentar copias de títulos y antecedentes legalizadas por el Ministerio de Educación de la Provincia de San Juan.

– Ser Titular en el escalafón respectivo, certificando esa situación de revista con el instrumento legal correspondiente.-

– Desempeñarse en el primer grado del escalafón, según Ley 14473, Art. 101, inc. G, acreditando debidamente esta situación.-

– Poseer antigüedad mínima de 10 años según el Art. 38 de la Ley 64 H, certificando la misma mediante prestación de servicios.

– Encontrarse en situación activa y efectiva ( últimos seis meses ) según Art. 103° de la Ley 14.473.

Presentar certificación de servicios emitida por los establecimientos educativos a 50 Km., actualizada al 01 de Septiembre de 2020 ( consignar fechas de altas y bajas y los periodos de licencias con o sin goce de haberes).

– Copia legalizada de los 03 ( tres ) últimos conceptos de los Establecimientos a 50 Km. en donde revista carácter de titular ( Art. 116 ) conceptos no inferiores a MUY BUENO, según Art. N° 12 de la Ley 14.473.

– Certificaciones de Antecedentes que no obren en su carpeta.


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