En pocos meses los argentinos elegiremos quien sucederá a Alberto Fernández. A todos los candidatos, supongo, les importa la educación, de la misma forma que les interesa la salud de la población y su seguridad. A ningún argentino debería dejarle de importar estos temas, sea o no candidato a la presidencia de la Nación. Pero un candidato a presidente debe decirnos mucho más que afirmar que mejorará la educación, la salud y la seguridad de la población. Debe decirnos cómo lo hará y en qué se diferencia su propuesta de las de sus competidores. De lo contrario, ¿cómo es posible que los ciudadanos votemos conscientemente a quién consideremos el más adecuado para ocupar la primera magistratura?
Esta columna propone la necesidad de tres leyes, las cuales he postulado en numerosas oportunidades, indispensables para rencauzar la educación en nuestro país. ¿Quiénes de los candidatos estarían dispuestos a enviarlas al Congreso? Al fin y al cabo, el ámbito en el cual se debe enfrentar nuestra crisis educativa es el Palacio Legislativo, no las aulas, donde muchos maestros arriesgan hasta su integridad física en pos de educar a nuestros niños. Veámoslas en detalle.
Es necesario que la sociedad internalice la emergencia educativa. La primera propuesta de legislación está dirigida en dicha dirección. Las evaluaciones son la llave del reino, pero los resultados a nivel de escuela deben ser de conocimiento público. Por ello es imprescindible modificar el artículo 97 de la Ley 26.206, el cual establece que “la política de difusión de la información sobre los resultados de las evaluaciones resguardará la identidad de los/as alumnos/as, docentes e instituciones educativas, a fin de evitar cualquier forma de estigmatización”.
¿Quiénes pueden tener más derechos qué los padres a conocer el nivel educativo de las instituciones a las que concurren sus hijos? Al impedir la publicidad de los resultados de cada colegio lo que se está haciendo es sustraer del debate público el elemento de juicio principal para saber si el actual sistema educativo satisface la principal inquietud de cualquier padre: que sus hijos aprendan en el colegio al cual concurren.
¿Estigmatización? Por supuesto se debe preservar la identidad de los alumnos y docentes, pero no así de las instituciones educativas. Modificar el artículo 97 despertaría a los padres, les haría ver la realidad, los haría reaccionar. Su indignación le daría al nuevo gobierno el apoyo para enfrentar a los sindicatos docentes, los más acérrimos defensores del statu quo.
La segunda legislación se encuentra dirigida a permitir algo aparentemente tan natural como que los niños puedan concurrir a la escuela. La evidencia de nuestro país demuestra con contundencia que el hecho que los niños estén en el aula no es garantía de que accedan a educación de excelencia; pero si ni siquiera tienen clases, no hay posibilidad alguna de ello. ¿Cómo lograr algo tan elemental como que los niños puedan concurrir a la escuela? ¿Cómo enfrentar con éxito a sindicatos docentes que apelan al paro indiscriminadamente?
Encontrar una respuesta a este interrogante precede a cualquier discusión de fondo en cuanto a cómo mejorar la educación que los chicos reciben dentro de un aula.
Frente a la utilización sistemática del paro como elemento de presión sindical, la educación debe transformarse en un servicio público esencial; una ley que así la defina, defendería el derecho de los más débiles, nuestros niños, quienes no pueden tomar medidas de fuerza para defender sus derechos.
Por cierto, la Constitución Nacional reconoce el derecho a la educación. Implícitamente, por ejemplo, en el artículo 14 al establecer que todos los habitantes de la Nación gozan de los derechos a enseñar y aprender. Explícitamente, en su artículo 75, inciso 22, al incorporar la Convención de los Derechos del Niño, cuyo artículo 28 asume el derecho del niño a la educación. ¿Quién puede afirmar que en la Argentina hoy se respeta el artículo 28 de la Convención, en cuanto a que el derecho a la educación debe poder ser ejercido en condiciones de igualdad de oportunidades?
Los sindicatos docentes obviamente rechazan esta propuesta, fundándose en los convenios 87 y 98 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), a los que la Argentina adhirió y que tienen rango constitucional. Al respecto, el Comité de Libertad Sindical de la OIT ha establecido que la educación no es un servicio esencial dado que su interrupción no pondría en peligro la vida, la seguridad o la salud de la población.
¿Es dicha interpretación correcta? A mi entender no. La vida de muchos jóvenes que han transitado su educación obligatoria dentro de un sistema en los cuales son virtuales rehenes ha sido irremediablemente afectada, aunque deseemos no admitirlo. Por ello, los paros docentes sí involucran un riesgo de vida para nuestros jóvenes, su vida adulta sería radicalmente distinta de haber podido cursar, en igualdad de condiciones, la escolaridad que el Estado tiene la obligación de garantizar.
¿Cómo comenzar a garantizarla? Mediante una ley que declare a la educación como un servicio público esencial, regulándose el derecho de huelga en la actividad y defendiendo el derecho a la educación, de sobremanera de aquellos niños y jóvenes que pertenecen a las familias más desfavorecidas económicamente, generando de esta forma una mayor igualdad de oportunidades.
Veamos finalmente la tercera de las legislaciones propuestas. Es bien sabido que la Argentina es un caso tristemente célebre, ya que carece de cualquier sistema de evaluación del nivel de los conocimientos de los estudiantes secundarios antes de ingresar a la universidad.
En octubre de 2015 el Senado aprobó una ley que prohíbe implementar exámenes de ingreso a la universidad; el proyecto fue impulsado por la entonces diputada del Frente para la Victoria Adriana Puiggrós. Su artículo 7 lo especifica taxativamente: “Todas las personas que aprueben la educación secundaria pueden ingresar de manera libre e irrestricta a la enseñanza en el nivel de educación superior”.
Alieto Guadagni, miembro de la Academia Nacional de Educación, subrayó lo lamentable de esta decisión: “Es una paradoja, porque mientras más fácil se hace el ingreso, más difícil es egresar. Es como pretender correr una maratón de 42 kilómetros sin entrenar, y la verdad es que se está frustrando el futuro de los chicos y esta ley consagra el atraso educativo de la Argentina”.
Es hora de sentarnos y admitir la realidad. El ingreso irrestricto es una real estafa para los estudiantes. El fracaso de miles de jóvenes argentinos que transcurren años en universidades de las que no se graduarán es altamente costoso. Como señala Guadagni: “No nos deben sorprender estos resultados negativos, que son el fruto de políticas en curso que perjudican directamente el futuro laboral, principalmente de los más pobres. Hay más de 100 países en todo el planeta, incluso aquellos comunistas, que plantean ingresos selectivos”.
¿No es preferible una evaluación al final del secundario que incentive el estudio durante su transcurso? Todas las naciones europeas lo han implementado. Por ejemplo, en Francia, el examen fue establecido por Napoleón a inicios del siglo XIX. También lo hacen países tan disímiles como Japón, Corea, Cuba, Israel, Ecuador, Vietnam, Chile, Costa Rica, Colombia, México, Siria, China, Argelia, Brasil, y cualquier otro país que se imagine. ¿Puede el resto del mundo estar equivocado? Seguramente no.
La modificación de la ley 27.204 evitaría estafar a miles de jóvenes que pierden valiosos años de sus vidas realizando estudios que nunca habrán de concluir, en lugar de prepararse para insertarse exitosamente en el mercado laboral.
Tan sólo tres leyes, es claro que hacen falta otras. ¿Qué opinan los potenciales candidatos sobre la pertinencia de estas medidas? Sería de utilidad que los ciudadanos lo supiésemos al momento de emitir nuestro voto.
Rector de la Universidad del CEMA y Miembro de la Academia Nacional de Educación.
La Nación