Llamado Especial, convoca a los docentes titulares de la Escuela Normal Superior General
San Martin, a la inscripción para cubrir el cargo de: Vice Director/a – Nivel Secundario – Carácter
Suplente, Turno: Vespertino, 1ª Categoría; según Disposición N° 054-JCDRMyS-2025-.
Cronograma:
Inscripción para la valoración personalizada de antecedentes y méritos el día: 11 de Junio de
2025 de 09:00 a 12:00 hs., en sede de Junta de Clasificación Docente Rama Media Superior.
Emisión de listado provisorio y notificación del puntaje: 12 de Junio de 2025 de 09:00 a 12:00
hs
Revocatoria (apelación de puntaje): 01 de Julio de 2025, de 09:00 a 12:00 hs.
Resolución de Apelación: 02 de Julio de 2025, de 09:00 a 12:00 hs.
Listado Definitivo y notificación del puntaje: 03 de Julio de 2025, de 09:00 a 12:00 hs.
Requisitos:
– Poseer Título Docente según Art. 13, Inc. C y Art. 103 de la Ley 14473. Presentar copias de
títulos y antecedentes debidamente registradas y legalizadas por Ministerio de Educación de la
Provincia de San Juan.
– Desempeñarse en el primer grado del escalafón, según la Ley 14473, Art. 101, inc. A, acreditando
debidamente esta situación.
– Ser profesor titular en la institución educativa, certificando tal situación con el instrumento legal
correspondiente.
– Poseer antigüedad mínima de 12 años, según el Art. 137 de la Ley 14473, certificando la misma
mediante prestación de servicios.
– Poseer antigüedad mínima de 03 años en Nivel Superior, según el Art. 104 de la Ley
14473.D.12071/65, Art 4, certificando la misma mediante prestación de servicios actualizada al 02
de junio de 2025.
– Encontrarse en situación activa y efectiva en él, según Art. 103° de la Ley 14473. Presentar
certificación de servicios emitida por el establecimiento, actualizada al 02 de junio de 2025
consignando fechas de altas y bajas y los períodos de licencia con y sin goce de haberes.
– Copia legalizada de los 03 (tres) últimos conceptos del establecimiento educativo en el que se
inscribe para el llamado especial, conceptos no inferiores a Muy Bueno según Art. 26 de la Ley
14473.
– Certificaciones de otros antecedentes (cursos, jornadas, talleres, etc.) que no obren en su
carpeta.