En diciembre, los 8.500 jubilados docentes universitarios nacionales, que perciben sus haberes a través de la ANSeS, cobrarán un incremento del 8,77%. Sumado a lo que recibieron en marzo y septiembre, acumularán en el año- punta a punta- un 45,9% de aumento, por debajo del 50% de inflación esperada.
El incremento es por el retraso de las jubilaciones docentes universitarias frente a la inflación. Y se otorga como adelanto a cuenta del que deben percibir en marzo de 2022, como lo dispuso el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.
A diferencia del régimen general, los jubilados docentes disponen de un sistema especial, con aumentos semestrales, vinculados a los salarios de los activos que aportan a la ANSeS tomando los semestres calendarios.
Hasta ahora, este año los jubilados docentes universitarios nacionales recibieron un incremento del 34,18%: 7% por la segunda mitad de 2020 y 25,4% por el primer semestre de 2021. Y con semejante retraso de los haberes – de casi 20 puntos con relación a la inflación- deberían esperar a marzo de 2022 para percibir el próximo aumento.
Por eso, la Resolución ministerial señala “que este valor (34,18%) en el marco de la emergencia económica y sanitaria que ha afectado al país, cabe ser atendido excepcionalmente en paridad de condiciones temporales que el resto de los y las beneficiarias previsionales”.
Con este adelanto, los jubilados docentes acumularán, punta a punta, en 4 años – entre 2018 y 2021- una pérdida del 22% frente a la suba de los precios.
La secuencia fue:
• En 2018, los jubilados docentes universitarios recibieron dos aumentos por un total del 21,8%, frente a una inflación del 47,6%. Un retroceso del 17,5%.
• En 2019 el aumento de los docentes fue del 29,6% y la inflación del 53,8%. Una pérdida del 15,7%.
• En 2020 hubo una recuperación parcial: el aumento de los docentes fue del 56,2% versus una inflación del 36,1%. Una mejora del 14,8%.
• En 2021, el incremento será del 45,9%, alrededor de 3% por debajo de la inflación.
A diferencia del régimen general que cuenta con incrementos trimestrales, los jubilados docentes universitarios reciben dos aumentos por año, en marzo y septiembre, de acuerdo al porcentaje del incremento salarial acordado en la paritaria del sector tomando en cuenta los semestres calendarios.
En septiembre perciben el aumento que corresponde a la variación de los salarios entre enero y junio. Y el de marzo, a los incrementos salariales de julio a diciembre.
Los aumentos diferenciados para los jubilados docentes universitarios se deben a que la ley previsional del sector fija que los trabajadores activos aportan dos puntos adicionales (13% del sueldo) y se jubilan con el 82% correspondiente al cargo que tenían en actividad. Ese valor se actualiza 2 veces a traves del RIPDUN (“Remuneración Imponible Promedio de los Docentes Universitarios Nacionales”) según lo acordado en la paritaria salarial.
La ley 26.508 de jubilación del personal docente de las Universidades públicas nacionales permite jubilarse a las mujeres con 60 años y hombres con 65 años que reúnan 25 años de servicios, de los cuales 10 como mínimo, continuos o discontinuos, deben ser al frente de alumnos. Y tienen derecho al 82% del sueldo del cargo o sumatoria de cargos y dedicaciones desempeñados al cese durante un período mínimo de 60 meses. Ese haber mínimo se ajusta por el RIPDUN.
En el proyecto de ley de Emergencia y Solidaridad de fines de 2019 se impulsaba, junto a otros regímenes, la suspensión de la movilidad de los dos sistemas especiales de docentes nacionales y docentes universitarios, como se efectivizó con el régimen general durante 2020.
Sin embargo, por el reclamo que hicieron los gremios de ambos sectores, esa suspensión fue excluida al sancionarse la ley de Emergencia.
NE – Clarin