El Ministerio de Educación aclaró que el pago de la Cooperadora Escolar no es obligatorio

El Ministerio de Educación de San Juan aclaró que el pago de la Cooperadora Escolar debe ser voluntaria, no obligatoria ya que se encuentra vigente lo establecido por Ley 6416 y la Constitución de la Provincia Art. 80 y 81 la «Contribución es voluntaria”.

-Por Resolución Nº 12312/16 se reglamenta y establece la organización de la Asociaciones de Padres con el procedimiento pertinente (el pago  de Cooperadora o Asociación de Padres es voluntaria).

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– Por Resolución N° 0279/17 se aprueba el “Modelo de Acta Constitutiva de Asociación  Cooperadora Escolar” y el “Modelo  de Estatuto de Asociación Cooperadora Escolar”.

-La contribución de padres o cuotas de Asociación de Padres, no es requisito de inscripción.  La misma es una decisión de aporte voluntario de los padres y/o familia o encargado del menor.

 



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