Uno por uno, los principales puntos del escrito de los autoconvocados
1- Recomposición salarial respecto al acuerdo de junio/2022, solicitando el aumento del valor índice, de forma tal que el sueldo del cargo testigo supere la canasta básica total, aplicando cláusula gatillo en función a la inflación que informe el INDEC. Teniendo en cuenta que el aumento ya percibido ha sido absorbido por los efectos de la inflación, impactando sobre el sueldo docente.
2- Incremento del puntaje en 30 puntos para los cargos de Maestro de Grado (Educación Primaria) y Maestro de Nivel Inicial, sobre los 410 actuales, teniendo en cuenta que estos sueldos han quedado por debajo de la línea de sueldos de los demás niveles.
3- Educación Especial: sea RESUELTO el PETITORIO presentado a DIRECCIÓN de Área de Educación Especial, con fecha de 13 de junio de 2022, en cada uno de sus 4 puntos a modificar y los 9 puntos a considerar. Solicitando además la suma de puntos en cada uno de los cargos docentes y no docentes que cumplen funciones en las escuelas de Educación Especial.
4- Aumento del 10% en los radios 4, 5, 6 y 7 para equiparar con el aumento porcentual otorgado en los otros radios, teniendo en cuenta que los establecimientos educativos ubicados en estos radios, son los más alejados y demandan mayores gastos de traslado para los docentes.
5- Que se considere la creación de la categoría de Docentes en contexto de encierro.
6- Cobertura del 100% de la OBRA SOCIAL PROVINCIA en todas las prestaciones las cuales se han visto disminuidas en los últimos tiempos, como así también los porcentajes de cobertura, dado que mes a mes se restringe como por ejemplo: La atención de salud mental, odontológica, entre otras.
7- Creación de Gabinetes Técnicos Interdisciplinario de Educación (Psicólogo, Psicopedagoga, Fonoaudióloga, Trabajador Social, Profesores de Educación Especial) en cada una de las instituciones, para contener a nuestros alumnos ante las diferentes problemáticas que se presentan y también, fortalecer la inclusión educativa.
8- Jubilados, y docentes próximo a jubilarse, exigen la aplicación de la Ley de Jubilación Docente 24016/92 la derogación de los decretos 78/94 y todo aquel que cercena el justo haber jubilatorio del 82% móvil del docente en actividad, según el art. 4 de la Ley 24016/92.
9- Aumento del mínimo no imponible del impuesto a las ganancias para que ningún docente resulte alcanzado por las retenciones. Así mismo, en un mediano plazo se pide el tratamiento de la eximición del impuesto para los trabajadores docentes y no docentes, que se encuentren en relación de dependencia, ya que estos no generan ganancias. Aunque es de público conocimiento que no es de jurisdicción de la provincia aumentar el límite no imponible , se peticiona fervientemente que provincia gestione nuestro pedido (la suba del mínimo no imponible ) a nivel nacional.