Llamado Especial, convoca a los docentes titulares de los establecimientos educativos ubicados
en un radio de hasta 50 Km. de la Escuela de Educación Secundaria Barrio Nuevo Cuyo, a la
inscripción para cubrir el cargo de: VICEDIRECTOR – Nivel Secundario – Carácter Interino, Turno
Vespertino, 1ª Categoría, Radio 3, según Disposición N° 130-JCDRMyS-2023-.
Cronograma:
Inscripción para la valoración personalizada de antecedentes y méritos el día: 06 de
Septiembre de 2023, de 09:00 a 12:00 hs., en sede de Junta de Clasificación Docente Rama Media
Superior.
Emisión de listado provisorio y notificación del puntaje: 12 de Septiembre de 2023, de 09:00 a
12:00 hs.
Revocatoria (apelación de puntaje): 22 de Septiembre de 2023, de 09:00 a 12:00 hs.,
Resolución de Apelación: 26 de Septiembre de 2023, de 09:00 a 12:00 hs.,
Listado Definitivo y notificación del puntaje: 28 de Septiembre de 2023, de 09:00 a 12:00 hs.,
Requisitos:
– Poseer Título Docente, según Art. 13, Inc. C y Art. 103 de la Ley 14473. Presentar copias de títulos
y antecedentes debidamente registrados y legalizados por Ministerio de Educación de la Provincia
de San Juan.
– Desempeñarse en el primer grado del escalafón, según la Ley 14473, Art. 101, inc. A, acreditando
debidamente esta situación.
– Ser profesor titular en instituciones educativas ubicadas en un radio de hasta 50 Km. de la Escuela
de Educación Secundaria Barrio Nuevo Cuyo, certificando tal situación con el instrumento legal
correspondiente.
– Poseer antigüedad mínima de 07 años en la docencia, según el Artículo 104 de la Ley 14473,
certificando la misma mediante foja de servicios.
– Encontrarse en situación activa y efectiva según Art. 103° de la Ley 14473. Presentar certificación
de servicios emitida por los establecimientos ubicados en un radio de hasta 50 Km., actualizada al
31 de Agosto de 2023, consignando fechas de altas y bajas y los períodos de licencia con y sin goce
de haberes.
– Copia legalizada de los 03 (tres) últimos conceptos del/los establecimiento/s, conceptos no
inferiores a Muy Bueno, según Ley 14473.
– Certificaciones de otros antecedentes (cursos, jornadas, talleres, etc.) que no obren en su carpeta,
debidamente legalizadas.